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Recuerdan eventos en los que se considera no agotado el requisito de procedibilidad en materia electoral (3:50 p.m.)

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21 de Febrero de 2014

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El Consejo de Estado recordó que tiene que haber identidad frente a la reclamación que se presenta ante la autoridad administrativa y lo que se alega en la jurisdicción contenciosa para solicitar la nulidad de la elección. De lo contrario, si en la acción que se presenta ante la corporación judicial competente se demandan actos que no fueron objeto de reproche en la vía gubernativa, se considera que no se agotó el requisito de procedibilidad, dice la providencia. En el caso concreto, se encontró que la fecha de la respuesta a la reclamación, un día antes de interpuesta aquella, obedece a un error involuntario de digitación. La sala sostuvo que si el acta tenía una fecha distinta a aquella en la cual tuvo lugar la respuesta de la comisión escrutadora, no se probó que se diera por mala fe, ni se demostró falsedad capaz de invalidar el acto electoral (C. P. Susana Buitrago).

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