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Recuerdan alcances de inconstitucionalidad del requisito de fidelidad para hacerse a la pensión de invalidez (11:15 a.m.)

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22 de Septiembre de 2014

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La Corte Suprema de Justicia recordó que aun cuando la estructuración de la pérdida de la capacidad laboral se haya producido en vigencia del requisito de fidelidad del artículo 1º de la Ley 860 del 2003, es necesario inaplicarlo por inconstitucional cuando ello suponga una medida regresiva. Así las cosas, si el reclamante sufrió la mengua de sus habilidades laborales en las condiciones descritas en esa norma, pero no acumuló el tiempo mínimo que allí se preveía, aunque los hechos se hubieren producido antes de la declaratoria de inconstitucionalidad del texto (Sentencia C-428 del 2009), no se puede exigir el requisito de fidelidad que se introdujo; esto en cumplimiento del artículo 52 de la Constitución, que impone al juez resolver de acuerdo a la situación más favorable para el trabajador, en caso de duda. Además, aclaró, el artículo 4º superior permite aplicar la norma constitucional cuando la legal sea contraria a la Carta Política de 1991 (M.P. Gustavo Hernando López).

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