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Recolección de información de organismos de inteligencia no puede convertirse en arma contra oposición al gobernante de turno (9:55 a.m.)

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13 de Marzo de 2014

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"Al ratificar la condena contra la exsubdirectora del DAS Martha Leal por las denominadas ""chuzadas"", el Tribunal Superior de Bogotá sostuvo que el gobernante de turno no puede aprovechar las labores de recolección de información a través de los organismos de seguridad del Estado para iniciar una persecusión política contra sus opositores. Indicó que si bien el Decreto 643 del 2004 permitía al DAS adelantar este tipo de actividades para garantizar la seguridad nacional, el artículo 40 le ordenaba respetar los derechos constitucionales. A su juicio, el trámite de la Ley 1288 del 2009, al ratificar estos límites de actuación, solo buscaba “neutralizar el escándalo” y precisó además que los responsables no pueden excusarse en la obediencia debida. "

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