Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Que la administración fije cuantía del daño por incumplimiento contractual es constitucionalmente admisible (1:01 p.m.)

103788

06 de Agosto de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La norma que permite que sea la administración la que cuantifique los perjuicios derivados del incumplimiento de contratos, que la ley también le autoriza a declarar, fue declarada exequible en la Sala Plena celebrada este miércoles, según lo informó la Corte Constitucional (artículo 86 parcial de la Ley 1474 del 2011). La Procuraduría consideraba que la demanda había sido formulada en términos que no contenían parámetros constitucionales, por lo que consideraba que la Corte debía inhibirse de emitir pronunciamiento alguno.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)