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Prueba de ortografía no constituye acoso laboral (9:42 a.m.)

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18 de Marzo de 2016

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Al resolver un recurso de apelación interpuesto por el abogado de un juez promiscuo municipal, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura precisó que un dictado de ortografía no establece una persecución laboral. El alto tribunal enfatizó que los jueces deben garantizar el correcto funcionamiento de sus despachos judiciales y por ello tienen la obligación y la responsabilidad de revisar la calidad del trabajo de sus empleados y exigirles que cumplan cabalmente con sus funciones, sin que esto se tipifique como acoso laboral. Así mismo, la Sala Disciplinaria expuso que si bien la Ley 909 del 2004, que regula el empleo público y la carrera administrativa, estableció la forma de calificar y evaluar el desempeño laboral de un empleado de carrera, el jefe inmediato de un funcionario en provisionalidad tiene el deber de vigilar la gestión encomendada en pro de la entidad pública (M. P. Julia Emma Garzón de Gómez).

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