Procuraduría solicita declarar cosa juzgada norma que regula desheredamiento a hijos que se casen sin consentimiento (4:00 p.m.)
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15 de Abril de 2014
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La Procuraduría sostuvo que la Corte Constitucional debe ordenar estarse a lo resuelto en la Sentencia C-334 de 1993, en la cual declaró exequible la norma del Código Civil que regula el desheredamiento para aquel que, estando en edad para obtener consentimiento a la hora de contraer nupcias, se hubiere casado sin solicitar esta autorización (artículo 124 parcial del Código Civil). La demanda busca que se aparten del ordenamiento las expresiones que imponen que, si el ascendiente muere sin haber hecho su testamento, el referido descendiente solo pudiere obtener la mitad de los bienes a los que, en condiciones normales, hubiese tenido derecho. En criterio del Ministerio Público, el asunto ya hizo tránsito a cosa juzgada y se debe mantener la posición que llevó a la Corte a sostener que no se vulneran los derechos de los hijos, sino que se reafirma la autoridad de los padres sobre ellos. La ponencia será proyectada por Mauricio González.
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