Procuraduría pide constitucionalidad de norma que da prevalencia a originador de proyectos de APP (8:20 a.m.)
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19 de Agosto de 2014
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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional declarar exequible la norma que permite que el originador de un proyecto para una alianza público privada (APP) tenga la oportunidad de mejorar la oferta cuando no ha sido elegido en el proceso de selección (artículo 20 la Ley 1508 del 2012). La disposición permite que terceros manifiesten su voluntad de ejecutar el proyecto en las condiciones pactadas entre la respectiva entidad y el originario, al tiempo que le otorga a este último un plazo de 10 días para mejorar las condiciones de quien hubiere obtenido la mejor calificación, en caso de que en la fase selectiva hubiese sido superado. Para el Ministerio Público, a más de no desconocerse los principios de concurrencia e igualdad, se ofrece un incentivo adecuado a quien presenta el proyecto de alianza para la provisión de servicios de infraestructura, que incluso pueden conectarse con la optimización de ciertos derechos fundamentales como la educación, la salud y el saneamiento ambiental. La ponencia corresponde al despacho del magistrado Jorge Ignacio Pretelt.
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