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Piden declarar constitucional norma que penaliza el uso de menores para la mendicidad (2:00 p.m.)

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10 de Marzo de 2014

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible la norma que penaliza la instrumentalización de los menores de edad en la mendicidad (artículo 93 de la Ley 1453 del 2011). Para el Ministerio Público, el texto demandado no convierte en delito el hecho de que los adultos pidan dinero u otras dádivas por necesidad en compañía de menores. En este caso, dice, se impone un castigo a quien acuda al menor deliberadamente con el único fin de obtener beneficios, y no a quien debe acompañarse de él en razón de sus carencias. En cada caso, subraya, debe probarse que se dio la circunstancia que da lugar a la penalización. La norma, que impone entre tres y siete años de cárcel a quien incurra en la conducta, aumenta hasta en la mitad la pena si el agresor es un pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil del menor de edad. La ponencia corresponde al despacho del magistrado Alberto Rojas.

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