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Notificación personal a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado es constitucional: Procuraduría (8:35 a.m.)

91649

08 de Octubre de 2013

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare ajustada a la Carta Política de 1991 la norma que obliga a notificar personalmente a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado el auto admisorio de la demanda y el mandamiento de pago de todos los procesos en los que la sea accionada una entidad pública (incisos 6 y 7 del artículo 612 de la Ley 1564 del 2012). Para el Ministerio Público, se trata del medio más eficaz para alimentar el Sistema de Información de la Actividad Litigiosa y de la Gestión Jurídica del Estado (Litigob), ya que la mayoría de la información que contiene la plataforma proviene de las notificaciones que recibe la agencia. Si no fuera por esta vía, advierte el concepto, los funcionarios de esta entidad no tendrían conocimiento directo de las demandas o mandamientos de pago y se verían obligados a acudir a cada una de las entidades demandadas.

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