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Norma que regula el inicio del proceso arbitral es constitucional (10:22 a.m.)

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07 de Noviembre de 2013

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Al declarar inexequibles algunos apartes de la norma que aplica la exención del cuatro por mil en las operaciones factoring, la Corte Constitucional determinó que viola el derecho a la igualdad no incluir en el beneficio a algunas de las empresas que se dedican a esa actividad (artículo 132 de la Ley 1563 del 2012). Indicó que se favorecía a las entidades con mayor músculo financiero, en relación con las que conservan una menor capacidad económica, sin tener en cuenta que se dedican exactamente a la misma actividad. La corporación declaró condicionalmente exequible el resto del artículo, en el entendido de que la exención cubre todas las operaciones de este tipo adelantadas por personas naturales o jurídicas debidamente inscritas en la cámara de comercio, sociedades, entidades del sector solidario, instituciones financieras y todo habilitado en la materia, al margen de si está sometido o no a vigilancia administrativa.

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