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No era necesario determinar si acuerdo contra la doble tributación con México era compatible con marco fiscal de mediano plazo (9:00 a.m.)

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22 de Abril de 2013

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Al concluir que no era necesario establecer si el acuerdo para evitar la doble tributación entre Colombia y México era compatible con el marco fiscal de mediano plazo, la Corte Constitucional declaró exequible la Ley 1568 del 2012. La Sala Plena lo precisó en esos términos, luego de señalar que no se reconocía en el texto algún beneficio particular para ciertos contribuyentes, por cuanto no debía cumplirse con el requisito del artículo 7º de la Ley 819 del 2003, referente al marco citado en precedencia. La alta corporación tampoco tuvo en cuenta consideraciones que apuntaban al incumplimiento de ciertos requisitos establecidos en la Decisión 40 de la Comunidad Andina de Naciones, indicando que esta no hace parte del bloque de constitucionalidad. La decisión de la Corte estuvo antecedida por un concepto que en el mismo sentido emitió la Procuraduría (M. P. Jorge Iván Palacio).

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