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Niegan suspensión provisional de apartes del blindaje jurídico para la paz (11:59 a.m.)

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07 de Septiembre de 2016

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El procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, interpuso el mes pasado una demanda en la que se solicitaba la nulidad de los numerales V y VI del acuerdo que blinda  jurídicamente el proceso de la paz de La Habana. Vale la pena recordar que el texto de este acuerdo fue dado a conocer en el comunicado No. 69, del 12 de mayo del 2016, expedido por las delegaciones del Gobierno y de las Farc. Los numerales establecen que el Acuerdo Final se depositará, tras su firma, ante el Consejo Federal Suizo en Berna o ante el organismo que lo sustituya como depositario de las Convenciones de Ginebra y, como consecuencia, debe darse una declaración presidencial con forma de declaración unilateral del Estado colombiano ante el Secretario General de las Naciones Unidas. Un auto de la consejera María García admitió dicha demanda y dispuso la notificación personal al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, entre otros actores procesales. Por otro lado, se estudió también la solicitud de la suspensión provisional de dicho acto, pues se argumentaba que se violaban los artículos 150, 189 y 374 de la Carta Política y varios tratados internacionales, en especial los Convenios de Ginebra, “al darse efectos internacionales al Acuerdo Final sin someterlo a la voluntad popular”. Según el concepto del despacho, la solicitud de la medida no concreta la manera como se configuraría la vulneración de normas superiores, dado que en el texto no se infiere un imperativo, “pues una cosa es que ese artículo invite y conmine a las partes de un conflicto no internacional a estarse y someterse en lo posible a lo allí dispuesto y otra, muy distinta, es que establezca en sí mismo reglas jurídicas supranacionales”, conceptuó.

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