Modifican regulación de la movilidad entre regímenes del sistema de salud, en lo relacionado con el giro de la UPC a las EPS (10:08 a.m.)
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07 de Noviembre de 2014
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Teniendo en cuenta que la unidad de pago por capitación (UPC) del régimen subsidiado tiene un componente financiado con recursos de las entidades territoriales y que la cuenta maestra de pagos de las EPS del régimen contributivo solo permite que se le giren recursos provenientes del Fosyga y de la cuenta de alto costo, resulta necesario que estas entidades realicen la apertura y registro de una cuenta maestra de pagos que posibilite el giro de estos recursos por aquellos afiliados que ejerzan el derecho a la movilidad entre regímenes del sistema de salud. Así lo determinó el Ministerio de Salud en la Resolución 4612. “Las especificaciones técnicas y operativas de esta cuenta, en lo que aplique, serán las establecidas en la Nota Externa 2931 del 2012, o aquella que la modifique o sustituya”, explica la norma.
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