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Actualizado hace 20 minutos | ISSN: 2805-6396

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Magisterio sí puede contratar a empresas de medicina prepagada para garantizar plan básico de salud a maestros (2:30 p.m.)

12 de Mayo de 2014

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Nota:
96827
El Consejo de Estado señaló que la administración sí puede contratar a empresas de medicina prepagada para que atiendan el plan básico de salud para los maestros. Sin embargo, aclaró que el objeto contractual debe ser distinto al de los planes adicionales que, como la salud prepagada, ofertan estas entidades. Ello porque los maestros se cuentan dentro del grupo de funcionarios que, según el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, están excluidos del régimen de seguridad social en salud, que autoriza solo a las EPS para asumir estos servicios. Además, recalca, el artículo 5º de la Ley 91 de 1989 apenas impone al magisterio el deber de garantizar la atención para los afiliados. Así, si el artículo 7º posibilita que la junta directiva del Fondo del magisterio recomiende a los contratistas que se encarguen del cubrimiento de las prestaciones, es probable que como resultado de esta potestad una entidad prepagada asuma el plan básico para los docentes, quienes, por su cuenta, podrán contratar programas adicionales (C. P. William Zambrano).

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