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Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

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Los hechos que tienen en vilo la implementación de los centros de servicios en la justicia civil

02 de Noviembre de 2016

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Según los sindicatos de la Rama Judicial, el Consejo Superior de la Judicatura desconoció formalmente los trabajos y recomendaciones de la mesa de concertación que discutía, desde principios de este año, la aplicación del Acuerdo 10445 del 2015, el cual definió la estructura para los centros de servicios judiciales en los juzgados civiles y de familia.

 

Por casi tres meses, los trabajadores de la justicia civil y de familia, en Bogotá, permanecieron en cese de actividades y en asambleas generales, exigiendo la revocatoria de la polémica disposición. Según cifras del Consejo Superior de la Judicatura, se frenaron más de 60.000 procesos por esta anormalidad.

 

Si bien el Acuerdo 10581 del 2016 prorrogó hasta el 30 de abril del 2017 la suspensión de la entrada en vigencia del 10445, el descontento de varios funcionarios y trabajadores de la justicia se mantendría hasta que se reactiven las conversaciones entre los representantes de los sindicatos de la justicia y el Consejo Superior.

 

Este panorama se agrava con las críticas que ha recibido el Acuerdo 10561 del 2016, el cual busca racionalizar y desconcentrar la actividad pública y promover la participación territorial en la gestión judicial; según los sindicatos, representa un peligro para la estabilidad laboral de los magistrados, jueces y empleados de la Rama Judicial.

 

La expedición del Acuerdo 10581 no fue la primera vez que se aplazó la entrada en vigor de las medidas, el Acuerdo 10452 ya había prorrogado la vigencia del  10445, hasta el 29 de febrero; posteriormente, fue necesario mantener la suspensión, hasta el 30 de abril del otro año, con el fin de lograr un acercamiento efectivo entre los diferentes actores de la comunidad judicial, el cual hasta la fecha no se ha podido lograr.

 

Lo último sobre la implementación del 10445

 

El presidente de El Vocero Judicial, Orlando Chinchilla, manifestó que la presidenta del Consejo Superior, Gloria Stella López, le anunció a siete organizaciones que dicha mesa de concertación no tienen el carácter de vinculante para las partes.

 

Es importante precisar que los sindicatos se soportan en un acuerdo que lograron con el magistrado José Agustín Suárez, quién fue presidente del Consejero Superior para la época del cese de actividades, el exministro de Justicia, Yesid Reyes, y el exdefensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora.

 

Dicho acuerdo sostenía que una mesa de trabajo conjunta entre las partes sería la encargada de definir el futuro del Acuerdo 10445. Hay que decir que en las disposiciones administrativas que prorrogaron la entrada en vigor de los centros de servicios judiciales en la justicia civil no se hace una alusión expresa acerca del carácter vinculante o no de estas mesas de trabajo y disertación.

 

Para el máximo representante de El Vocero Judicial, las conclusiones de este proceso de negociación y acercamiento entre los representantes de los trabajadores de la Rama Judicial y el máximo juez de la administración de justicia, por casi nueve meses, habían arrojado las siguientes conclusiones:

 

Las plantas de personal de los juzgados debían permanecer intactas, porque las funciones a cargo requieren del personal existente.

 

Que no se iba a trasladar ninguna función judicial y que los expedientes permanecerían en los juzgados.

 

La planta de cualquier oficina de apoyo administrativo debía ser fortalecida con personal diferente a los cargos de los despachos.

 

En los distritos en los que funcionan los centros de servicios piloto era necesario devolver a los juzgados, al menos, el cargo de escribiente, puesto que se trasladaron las personas y no las funciones.

 

Para tal propósito indicaron las funciones que debían tener las oficinas de apoyo:

 

· El reparto y radicación de demandas

 

· Archivo eficiente

 

· Títulos judiciales

 

· Estadísticas

 

· Manejo de salas de audiencias

 

· Información al usuario

 

·Fotocopiado y liquidaciones.

 

Frente a esta situación, Ámbito Jurídico entrevistó a la magistrada Gloria Stella López, con el fin de que le explicara a la comunidad jurídica sobre los avances que se han tenido con los sindicatos para la aplicación de este modelo en la justicia civil. Ver minuto 12:34

 

 

El último punto de negociación de la mesa de concertación

 

Chinchilla indicó que el último tema que faltaba por conciliar era el de las notificaciones, pues para el Consejo Superior este no era un acto procesal y por esta razón podían surtirse en los centros de servicios.

 

Para los sindicatos si una notificación no sigue con los requisitos que establece la ley podría generar nulidad en la sentencia.

  

“Los notificadores tienen que ser parte de los despachos judiciales por ser un acto evidentemente procesal y, así mismo, para efectos también de las acciones constitucionales”, agregó.

 

Camino a seguir de las organizaciones sindicales

 

Finalmente, los líderes de los trabajadores de la justicia van acudir en las próximas semanas a los garantes del proceso, el Ministerio de Justicia y la Defensoría del Pueblo, para que cumplan con su misión de terceros mediadores y “hagan entender a los magistrados del Consejo Superior que actuar por fuera de la mesa de concertación es desleal y refleja un talante arbitrario”, manifestaron.

 

Justamente, Jorge Eduardo Londoño, ministro de Justicia, se pronunció en relación a un posible acompañamiento entre las partes en conflicto para impedir un posible cese de actividades. Ver minuto 13: 22.

 

 

Lo único cierto, por ahora, es que el Acuerdo 10581 del 2016 prorrogó hasta el 30 de abril del 2017 la suspensión de la entrada en vigencia del 10445.

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