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La cosa juzgada no opera frente a los actos administrativos: Consejo de Estado (10:59 a.m.)

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29 de Septiembre de 2014

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Las sentencias dictadas por los jueces que alcanzan ejecutoria son inimpugnables y frente a ellas se produce el efecto de cosa juzgada. Sin embargo, no ocurre lo mismo con los actos administrativos, que aun cuando estén ejecutoriados son susceptibles de pronunciamientos judiciales, a efecto de determinar su validez y legalidad, pudiendo ser excluidos del mundo jurídico por declaratoria de nulidad total o parcial, o remplazados, modificados o reformados. Así fue expresado por el Consejo de Estado al negar las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por un miembro de la Policía Nacional quien por incumplimiento de sus deberes funcionales en lo relacionado con la administración de recursos del convenio suscrito a través de la oficina Narcotics Affairs Section (NAS), suscrito entre el gobierno colombiano y el de EE UU, fue destituido e inhabilitado por la Procuraduría General por el término de cinco años para ejercer cargos públicos (C.P. Bertha Lucia Ramírez de Páez).  

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