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Insuficiencia de banda ancha no justifica prioridad a uno de los investigados en un proceso verbal de responsabilidad fiscal (10:49 a.m.)

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19 de Diciembre de 2014

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Si la audiencia de descargos dentro del trámite del proceso verbal de responsabilidad fiscal se realiza en forma virtual, en el evento en que las partes no estén en el lugar sede del funcionario competente de la Contraloría General de la República y se alleguen pruebas que deben ser puestas en su conocimiento, pueden utilizarse los medios tecnológicos de los que se disponga, como es el caso del envío por correo electrónico del documento correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 1474 del 2011. Dar prioridad a un presunto responsable sobre otro en esta audiencia podría vulnerar el derecho a la igualdad de las partes dentro del proceso, por lo que la insuficiencia de banda ancha no justifica que el funcionario pase por alto el mandado constitucional del debido proceso. Si la circunstancia no permite que todos participen en la actuación, esta deberá suspenderse, en pro de los derechos de defensa e igualdad de los investigados.

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