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Inhabilidad a interventores que omitan informar presuntas irregularidades del contratista no viola el debido proceso: Procuraduría (11:00 a.m.)

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11 de Marzo de 2013

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible la norma del Estatuto Anticorrupción que impone inhabilidades para interventores que omitan entregar información de posibles actos de corrupción o de incumplimientos en la ejecución de obras en los que incurran los contratistas (parágrafo 2º del artículo 84 de la Ley 1474 del 2011, que adicionó el literal K) del numeral 1º del artículo 8° de la Ley 80 de 1993). Para el Ministerio Público, el procedimiento que determina la imposición de la inhabilidad para quien ejerce este tipo de vigilancia no tiene carácter disciplinario ni está relacionado con eventuales investigaciones, sanciones disciplinarias o incluso penales que tengan origen en los incumplimientos de quien ejecuta. Para el demandante, sin embargo, la violación del debido proceso que supone la norma se evidenciaría en la falta de claridad acerca del procedimiento y la imposibilidad de que el afectado con la decisión pueda ejercer su derecho a la defensa (M. P. Alexei Julio).

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