Imparten instrucciones para evitar lavado de activos y financiación del terrorismo en el sector transporte (8:00 a.m.)
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21 de Agosto de 2012
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Con el fin de prevenir conductas delictivas, la Superintendencia de Puertos y Transporte informó a todos los generadores de carga que deben dar cumplimiento a los artículos 1010 y 1011 del Código de Comercio, los cuales hacen referencia a la información que debe entregar el remitente al transportador al momento de la entrega de la mercancía, así como los informes y documentos que debe suministrar antes del despacho de las cosas, tales como formalidades de policía, aduana, sanidad y condiciones de consumo. Finalmente, dice que las empresas de transporte terrestre de carga deben contar con esta información actualizada, en sus respectivos archivos, a efecto de llevar un control detallado y poder disponer de ella en el momento oportuno, para proceder a presentar los reportes respectivos en virtud a la implementación del Sistema integrado para la prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
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