Gobierno no debió reglamentar consecuencias de resultados no satisfactorios en evaluación de directivos docentes (10:58 a.m.)
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09 de Agosto de 2013
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Según los artículos 114, 125 y 150 de la Constitución, corresponde al Congreso regular el ejercicio de las funciones públicas; en este sentido, la Sección Segunda del Consejo de Estado anuló los parágrafos 1º y 2º del artículo 9° del Decreto 2582 del 2003, que establecían el retiro del cargo o la posible falta disciplinaria por obtener resultados no satisfactorios durante dos años consecutivos en la evaluación de directivos docentes. A juicio del alto tribunal, el Ejecutivo desbordó su potestad reglamentaria, al establecer consecuencias para la evaluación del desempeño de estos directivos sin la previa expedición de una ley (C. P. Alfonso Vargas Rincón).
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