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Explican naturaleza del acto administrativo complejo (8:50 a.m.)

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22 de Mayo de 2014

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El Consejo de Estado determinó que las resoluciones de oferta de compra y expropiatorias no tienen la capacidad de conformar un acto administrativo complejo. Ello porque la jurisprudencia define tal actuación como las decisiones administrativas que conforman una unidad, que no pueden ser consideradas la una al margen de la otra, para conservar una razón de ser. Añadió que la transcripción de los artículos 66 y 68 de la Ley 388 de 1997, relacionados con la acción expropiatoria, tampoco dan lugar a considerar tal unidad. La resolución de oferta de compra insta al interesado a vender, en tanto que la segunda finaliza la expropiación, dice la Sala, en aras a demostrar que se trata de actuaciones de naturaleza distinta (C. P. Marco Antonio Velilla).

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