Esto precisa Minsalud sobre el reporte de información de las cajas de compensación y el giro de recursos del esquema de solidaridad
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11 de Diciembre de 2020
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El Ministerio de Salud fijó los lineamientos para la distribución, asignación y giro de los recursos del esquema de solidaridad (artículo 3 de la Ley 1929 del 2018). Ahora, la entidad aclara que para que la Adres realice el giro directo, además de la comunicación de la Supersalud a que se refiere el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución 1514 del 2020, es necesario que la caja de compensación familiar o el programa de salud del régimen subsidiado le remitan debidamente diligenciados los anexos técnicos 3 y 4, en los que relacionen las facturas por concepto de prestación de servicios de salud, a ser canceladas atendiendo la distribución que haya efectuado la Adres respecto de los recursos del esquema de solidaridad, disponibles según las fechas de radicación previstas en el numeral 6.1 del artículo 6. Según lo anterior, en los cronogramas que hacen parte integral de la Circular Externa 0046, se discriminan las fechas específicas en las cuales se realiza cada proceso para la distribución y giro de los recursos del esquema.
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