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Esta es la sentencia que inaplica competencia de la Fiscalía para asumir procesos judiciales contra el DAS (11:17 a.m.)

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15 de Diciembre de 2015

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El Consejo de Estado, en una sentencia de la Sección Tercera, determinó que los procesos judiciales adelantados en contra del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) deberán ser asumidos por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República hasta tanto el Presidente de la República reglamente el asunto, y no por la  Fiscalía General de la Nación, según la disposición del artículo 7 del Decreto 1303 del 2014, que le confería dicha competencia. En efecto, el alto tribunal de la administración estableció que el mencionado decreto  es inconstitucional e ilegal, igualmente consideró que no se puede dejar a la Fiscalía General de la Nación, perteneciente a la Rama Judicial, como sucesora procesal de los asuntos judiciales que se iniciaron en contra del DAS, que perteneció a la Rama Ejecutiva. Hacerlo violaría los principios constitucionales y convencionales que establecen la separación de poderes y la distribución de competencias de las entidades públicas extintas, concluyó (C.P. Jaime Orlando Santofimio)

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