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Es constitucional que no sean apelables las decisiones de los jefes de entidades territoriales: Procuraduría (10:00 a.m.)

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14 de Enero de 2013

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El Ministerio Público le solicitó a la Corte Constitucional que declare exequible la expresión “Tampoco serán apelables aquellas decisiones proferidas por los representantes legales y jefes superiores de las entidades y organismos del nivel territorial”, contenida en el inciso 3º del numeral 2º del artículo 74 de la Ley 1437 del 2011. El organismo explicó, entre otras razones, que presentar al Presidente de la República y a los gobernadores como superiores funcionales pasa por alto el principio constitucional de la autonomía territorial.

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