En elecciones 2014, partidos y movimientos políticos no podrán revocar avales a candidatos inscritos (2:30 p.m.)
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08 de Octubre de 2013
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Durante su intervención en el foro sobre garantías electorales, el registrador nacional, Carlos Ariel Sanchez, se refirió al tema de la revocatoria de avales y dio claridad sobre lo dispuesto en la reforma política del 2011. El funcionario explicó que los partidos y movimientos políticos que entreguen avales para inscribirse como candidatos a las elecciones del 2014 no podrán revocarlos, ya que la legislación vigente no prevé esta figura. Por lo tanto, instó a las colectividades a realizar un estudio previo de los aspirantes antes de otorgar el respaldo. Así mismo, el registrador delegado en lo electoral, Alfonso Portela, explicó que las únicas causales de modificación de las inscripciones de los candidatos son las que se establecen en el artículo 31 de la Ley 1475 del 2011, la cual señala que solo podrá ser cambiada en casos de falta de aceptación de la candidatura o de renuncia a la misma, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de cierre de inscripciones.
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