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Dificultad para conseguir empleados de confianza no es excusa para designar familiares (2:12 p.m.)

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16 de Octubre de 2013

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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general por 12 años impuesta a una juez civil de Cali (Valle del Cauca), por la falta gravísima del numeral 17 del artículo 48 de la Ley 734 del 2002, al haber designado como empleados de su despacho a personas con vínculos de consanguinidad y afinidad. A juicio de la Sala Disciplinaria, una profesional del Derecho, con experiencia de más de 30 años al servicio de la Rama Judicial, conocedora de la prohibición constitucional y legal, no puede excusarse en una presunta dificultad para conseguir empleados y falta de confianza en personas extrañas a su familia para incumplir la ley (M. P. Wilson Ruiz Orejuela).

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