Declaran constitucionales términos para reconocer sociedad patrimonial entre compañeros permanentes (1:42 p.m.)
100744
06 de Mayo de 2015
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La Corte Constitucional declaró exequible la norma que establece que la sociedad patrimonial solo puede surgir luego de dos años de iniciada unión marital de hecho (literales a) y b) parciales del artículo 2° de la Ley 54 de 1990). La Procuraduría había coincidido con la necesidad de declarar los textos como ajustados a la Constitución.
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