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Corte Suprema explica por qué se debe restituir bien que había sido entregado a excongresista Gómez Montealegre (11:00 a.m.)

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23 de Enero de 2014

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Al ordenar la restitución de un predio entregado al excongresista Jorge Enrique Gómez Montealegre, la Corte Suprema de Justicia explicó que el juez penal puede revocar la entrega, pues, a su juicio, no fue víctima de esta conducta. Así, si el artículo 22 del Código de Procedimiento Penal habilita al juez para ordenar el cese del perjuicio causado por el delito, cuando se compruebe que la conducta no tuvo lugar es necesario dar marcha atrás al pretendido restablecimiento del derecho, dice la sentencia. Advirtió que en casos en los que se juzgue tal tipo penal la presencia en el predio del indiciado bajo el consentimiento del propietario puede indicar que la conducta no se cometió. Añadió que incurriría en error por falsa identificación el juez que considere probada la ocurrencia del ilícito sin tener en cuenta pruebas como estas (M. P. Leonidas Bustos).

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