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Corte Suprema aplica el principio de condición más beneficiosa frente a la pensión de invalidez (9:10 a.m.)

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14 de Julio de 2014

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La Corte Suprema de Justicia sostuvo que quienes hayan reducido su capacidad laboral en una proporción mayor al 50 %, en vigencia del artículo 39 de la Ley 100 de 1993, pero sin alcanzar los requisitos de esa norma para acceder a la pensión de invalidez tendrán derecho a ella con base en la aplicación de la norma anterior, el artículo 6º del Acuerdo 049 de 1990 (aprobado por el Decreto 758 del mismo año). Es decir, si el trabajador no acumuló las 26 semanas mínimas durante el año previo a la estructuración de la invalidez, como lo exige la norma de 1993, pero en cambio realizó aportes durante, por lo menos, 300 semanas, en cualquier tiempo, y antes de la ocurrencia de la pérdida de su capacidad para trabajar, tiene derecho a la pensión, conforme lo prevé la disposición de 1990. Esto, dice la providencia, porque el artículo 53 de la Constitución obliga a que se resuelva el litigio de acuerdo a la condición más beneficiosa para el actor (M. P. Gustavo Hernando López).

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