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Corte Constitucional ordenó a Minprotección adoptar medidas para atender la salud mental de víctimas de violación de derechos humanos (1:54 p.m.)

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25 de Marzo de 2010

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La Corte Constitucional determinó que se requiere el diseño e implementación de protocolos, programas y políticas de atención en salud que beneficien a las víctimas del conflicto armado, sus familias y comunidades, especialmente en lo referente a la recuperación de los impactos psicosociales, producidos por eventos traumáticos, por la violencia sociopolítica en el país, pues actualmente es precaria esta atención. La corte ordenó al Ministerio de la Protección Social que, en el plazo máximo de seis meses, adopte las medidas necesarias de atención que respondan a las necesidades de las víctimas, en particular las afecciones a su salud mental y emocional, así como al proyecto de vida y se aborden las secuelas colectivas y daños psicosociales generados por la violación de derechos humanos. El pronunciamiento lo hizo la Sala primera de Revisión, al tutelar los derechos a la salud de cuatro mujeres que sobrevivieron a la denominada masacre de El Salado (ocurrida en Antioquia entre 1997 y 2000) y que presentan afecciones a su salud mental (M. P. María Victoria Calle).

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