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Así se paga el deducible dentro de una póliza de responsabilidad extracontractual

17 de Junio de 2021

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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que el siniestro es la materialización del riesgo asegurado conforme a los artículos 1072 y 1131 del Código de Comercio, es decir, el hecho acaecido configura el suceso incierto contenido en la póliza de seguro y es responsabilidad del asegurado. También indicó que, en un seguro de responsabilidad civil, el siniestro es generado cuando ocurre el hecho dañoso y este afecta a un tercero, lo que da lugar a una indemnización al afectado y el deducible es la participación que tiene el asegurado en el riesgo o en la pérdida sufrida. En el caso de la póliza de responsabilidad extracontractual, este deducible tiene como tope máximo el 10 % del valor de cada pérdida, sin que en ningún caso puedan ser superiores a 2000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Entonces, precisó que el asegurador no puede tomar un valor arbitrario como deducible, sino que se debe regir por los parámetros que regulan una póliza en general o el que se haya pactado en el contrato conforme a la legislación colombiana. Solo en el evento en que la indemnización que debe asumir la Aeronáutica Civil (en este caso) supere el valor del deducible pactado en la póliza, la aseguradora estará obligada a reconocer a la asegurada ese mayor valor que supere el porcentaje pactado como deducible (C. P. Jaime Enrique Rodríguez Navas).

 

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