Actos administrativos que no son notificados no tienen efectos: Consejo de Estado (2:22 p.m.)
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22 de Enero de 2014
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El Consejo de Estado determinó que los actos administrativos no pueden cobrar efectos si no han sido debidamente notificados. A su juicio, esta actuación constituye una garantía fundamental para el administrado, que se encuentra respaldada por el principio de publicidad consagrado en el artículo 209 de la Constitución y en el artículo 3º del Código Contencioso Administrativo. En conclusión, afirma, la notificación afecta el ejercicio del derecho a la defensa, pues puede impedir que los actos de la administración sean impugnados y que se desplieguen las actuaciones en vía gubernativa y jurídica disponibles para cuestionarlos (C. P: Mauricio Fajardo).
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