Acto de contenido particular no puede atacarse mediante nulidad simple, cuando derive en restablecimiento de derechos (11:25 a.m.)
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16 de Octubre de 2013
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El Consejo de Estado determinó que cuando la anulación de un acto administrativo suponga el restablecimiento de un derecho particular no procede la acción de nulidad simple, aun cuando la pretensión sea que se examine la legalidad en abstracto. Ello porque el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo permite que se solicite la anulación de actos de contenido particular, siempre y cuando ello no genere el restablecimiento automático de un derecho subjetivo a favor del demandante o de un tercero (C. P. María Elizabeth García).
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