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Acuerdos distritales no pueden fijar prohibiciones para acceder a cargos de alcalde local o de distrito especial (11:52 a.m.)

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18 de Septiembre de 2017

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Una sentencie reciente de la Sección Quinta del Consejo de Estado concluye que través de un acuerdo distrital no es posible fijar prohibiciones para acceder a cargos o empleo públicos, como sería el de un alcalde local, ni hacer extensivo el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a un alcalde de distrito especial. Lo anterior, agregó la Sala, por existir reserva legal sobre esta materia, según se desprende del numeral 23 del artículo 150 la Carta Política, siendo entonces el Congreso de la República el único competente para hacerlo (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez).

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