Actualizan reglamentación y tipos de visa en Colombia
02 de Agosto de 2022
El Ministerio de Relaciones Exteriores actualizó la reglamentación y el procedimiento para los diferentes tipos de visa, así como las condiciones, requisitos y trámite para su solicitud, estudio, inadmisión, negación, autorización, cancelación y terminación. A través de la Resolución 5477, que entra en vigencia en octubre del año en curso, la cartera derogó las resoluciones 1980/14 y 6045/17.
Una de las modificaciones más significativas que plantea la normativa es la ampliación en el tiempo del estudio de la solicitud de visa, puesto que con el ajuste la autoridad de visas e inmigración tendrá hasta 30 días calendario para emitir el pronunciamiento, cuando anteriormente este plazo era de solo cinco días.
Así mismo, la disposición reglamenta la creación de la categoría de visa visitante nómadas digitales, la cual está enfocada para prestar servicios de trabajo remoto o teletrabajo desde Colombia, a través de medios digitales e internet. Este tipo de visa será de uso exclusivo para empresas extranjeras, personas independientes o vinculadas laboralmente, para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías de la información de interés para el país.
De acuerdo con la disposición, estos son los requisitos que deberá cumplir el solicitante:
- Ser titular de pasaporte expedido por alguno de los países o territorios exentos de visa de corta estancia.
- Carta en español o inglés, expedida por una o varias empresas extranjeras para la cual preste sus servicios el extranjero, en esta se deberá indicar el tipo de vínculo y remuneración que recibe el solicitante. En caso de tener un contrato con dicha compañía deberá aportarlo o demostrar que es socio o copropietario de la misma.
- En el caso de los emprendedores, deberán presentar una carta motivacional explicando su proyecto de emprendimiento y los recursos financieros y humanos con que cuenta o aspira a contar para su emprendimiento.
- Demostrar mediante extractos bancarios contar con ingresos mínimos equivalentes a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes durante los últimos tres meses.
- Póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.
Es importante mencionar que este documento no permite trabajar o desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural domiciliada en el territorio nacional.
La disposición, además, realiza otros ajustes dentro de las categorías de las visas, las cuales quedaron así:
Tipo |
Categoría |
Visa de visitante (V) |
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Visa tipo V de cortesía |
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Visa de migrante (M) |
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Visa de residente permanente (R) |
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