Acción de cumplimiento procura la efectividad material de leyes y actos administrativos
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05 de Enero de 2021
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El fin último de la acción de cumplimiento es procurar la vigencia y efectividad material de las leyes y de los actos administrativos, en aquellos casos en que las autoridades públicas no dan estricto cumplimiento al deber jurídico o administrativo que les es exigible, precisó la Sección Quinta del Consejo de Estado. De este modo se logra la vigencia y el respeto del ordenamiento jurídico, en cuanto la ejecución de las leyes y actos administrativos permite realizar los diferentes cometidos estatales confiados a las autoridades y proteger y hacer efectivos los derechos de las personas. En el caso concreto, el debate va más allá de exigir el cumplimiento de las disposiciones invocadas como incumplidas y, en tal medida, requiere que el juez natural realice un análisis de fondo a toda la actuación administrativa desplegada. No obstante, aclaró que el juez de la acción de cumplimiento, pese a la existencia de un instrumento judicial, podría pronunciarse de fondo en relación con la solicitud, siempre y cuando se acrediten los presupuestos de necesidad, urgencia, gravedad e inminencia del perjuicio (C. P. Rocío Araújo Oñate).
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