Seguro de vida previsto para funcionarios de la Rama Judicial no se extiende a la UBPD
Aplicación analógica afectaría la legalidad del gasto, pues cualquier beneficio adicional requiere autorización.26 de Marzo de 2025
El seguro de vida previsto para funcionarios y empleados de la Rama Judicial, que brinda cobertura en casos de muerte violenta o invalidez derivada del ejercicio de funciones, no se extiende a funcionarios y empleados de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), debido en gran parte a la naturaleza jurídica de esta última y a la estructura del sistema de seguridad social en Colombia.
De otra parte, explicó la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, aplicar este seguro de vida de forma analógica a los empleados de la UBPD contravendría el principio de legalidad del gasto, ya que cualquier beneficio adicional de este tipo requeriría una autorización legal expresa.
Ahora bien, agregó, no es viable adquirir un seguro de vida para aquellos funcionarios que estén expuestos a mayor riesgo por muerte violenta con ocasión del ejercicio de sus funciones, pues en virtud del mencionado principio contratar un seguro de vida como beneficio adicional para atender un riesgo que ya está previsto en las normas generales requeriría una ley especial que así lo establezca.
Dicho principio de legalidad del gasto consiste fundamentalmente en que no puede hacerse ningún gasto público que no haya sido decretado previamente por el Congreso mediante ley, por las asambleas departamentales mediante ordenanza o por los concejos municipales mediante acuerdo y, en todo caso, solo hasta el monto máximo autorizado.
Y es que la contratación de un seguro de vida significaría la creación de un beneficio adicional a las prestaciones sociales por riesgo de muerte establecidas por el sistema de seguridad social integral. Además, dicha contratación está prohibida por el artículo 17 de la Ley 2342 del 2023, por la cual se estableció el presupuesto para la vigencia 2024 (C. P. Óscar Darío Amaya Navas).
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