Las organizaciones de base de comunidades negras deben tener más de un año de constitución para registrarse (3:16 p.m.)
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30 de Junio de 2011
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El literal b) del artículo 13 del Decreto 2248 de 1995 exige como condición para inscribirse en el Registro Único de Organizaciones de Comunidades Negras tener más de un año de constitución. Así lo recordó el Consejo de Estado al declarar la nulidad de una resolución del Ministerio del Interior y de Justicia que concedió el registro a una asociación de estudiantes afrocolombianos que había alterado unos documentos para acreditar el requisito mencionado (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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