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La administración puede hacer uso de la facultad discrecional solo cuando sea evidente y palmaria la afectación del servicio (4:00 p.m.)

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25 de Junio de 2010

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Si bien la desconfianza en el funcionario por parte de sus superiores puede justificar, en algunos eventos, el ejercicio de la facultad discrecional de retiro, debe examinarse que este no busque prescindir injustificadamente del trámite disciplinario. Así lo señaló el Consejo de Estado al tiempo que advirtió que solo cuando sea evidente y palmaria la afectación del servicio derivada de acontecimientos fácticos que sean del resorte del proceso disciplinario puede la administración hacer uso de la facultad discrecional. El consejo indicó que para retirar por facultad discrecional a un funcionario del Ejército Nacional se requiere como requisito previo el concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa Nacional para las Fuerzas Militares y que la decisión sea adoptada por este ministerio (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).

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