Publican texto del fallo que declaró inexequible la obligación de los organismos de tránsito de estar a paz y salvo para autorizarles el trámite de especies venales (3:15 p.m.)
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29 de Noviembre de 2010
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La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró inexequible el inciso del artículo 18 de la Ley 1005 del 2006, que exige que los organismos de tránsito para el trámite de especies venales estén a paz y salvo por concepto de pagos y contribuciones con el Ministerio de Transporte, el sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito (SIMIT) o con entidades que hayan recibido funciones en el tránsito. A juicio del alto tribunal, la medida de presión para ponerse al día con los pagos es legítima, pero desproporcionada, pues el legislador intervino en la autonomía fiscal de las entidades territoriales desconociendo las competencias relacionadas con el tránsito y el recaudo de los ingresos provenientes del trámite. La corporación aclaró que la declaratoria de inexequibilidad no implica la exoneración de esos pagos o contribuciones (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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