15 de Agosto de 2024 /
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Noticias / Constitucional


Protegen derechos de joven al reconocerle subsidio de sostenimiento del Icetex

01 de Septiembre de 2022

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Nota:
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Protegen los derechos al debido proceso, igualdad y mínimo vital, en conexidad con el derecho a la educación, de un joven a quien el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) le negó el subsidio de sostenimiento. La entidad explicó que el ciudadano no solicitó dicho subsidio al momento de iniciar el trámite para el crédito educativo, sino que lo hizo cuando el crédito se había renovado varias veces.

La Corte Constitucional señaló que al fijar la etapa de determinación de la vulnerabilidad en la fase de adjudicación del crédito lo que se consigue no solo es dejar desprotegidos a aquellos a quienes sobrevino la dificultad económica, sino que también se crea el riesgo de brindarle ayuda a una persona que dejó de necesitarla durante el trascurso de los estudios, con lo que, por un lado, se puede afectar el patrimonio público y, por el otro, se pierde de vista el objeto de este tipo de apoyos económicos.

Así mismo, la Sala precisó que si bien es cierto que el deber de diligencia le impone al estudiante la obligación de informarse sobre las condiciones y regulaciones del crédito que pretende obtener, también lo es que dicho deber no se puede hacer extensivo respecto del subsidio de sostenimiento, ya que en el caso concreto el interés del accionante para acceder a la ayuda económica surgió luego de iniciar los estudios y porque la entidad accionada es la que cuenta con la información que les interesa a los beneficiarios del crédito educativo.

El alto tribunal amparó los derechos del joven y otorgó 10 días al Icetex para que estudie la situación de vulnerabilidad del accionante y determine si tiene o no derecho a recibir el subsidio de sostenimiento objeto de controversia (M. P. Paola Andrea Meneses Mosquera).

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