Esto dice la demanda que ataca parcialmente el proceso verbal inmediato en el nuevo Código de Policía (10:06 a.m.)
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07 de Febrero de 2017
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En relación con el proceso verbal inmediato una acción pública de inconstitucionalidad sustenta algunos reparos sobre el parágrafo 1° del artículo 222 de la Ley 1801 del 2016. Esta norma dice que en contra de la orden de policía o la medida correctiva procederá el recurso de apelación, el cual se concederá en el efecto devolutivo, esto es, que no se suspenden los efectos de la orden mientras se decida el recurso. Agrega que si bien el legislador goza de una amplia libertad de configuración esta debe ser razonable y proporcional frente al resultado que pretende obtener con su utilización. De ahí que, para el accionante, tal efecto es contrario al ordenamiento jurídico superior, en especial del debido proceso constitucional, y se traduce en una medida desproporcionada.
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