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Demandan exclusión de condenados por delitos contra menores de edad como beneficiarios de subsidios de vivienda (10:15 a.m.)

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02 de Diciembre de 2013

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La Corte Constitucional admitió una demanda contra el parágrafo 3º del artículo 12 de la Ley de Vivienda de Interés Prioritario (Ley 1537 del 2012). A juicio de los demandantes, los beneficios representados en subsidios familiares para vivienda de interés prioritario y social se ven restringidos para aquellas personas que hayan cometido delitos en contra de menores de edad, por lo tanto atenta contra el principio de dignidad humana, el derecho a la vivienda y el artículo 12 de la Constitución, sobre prohibición de tratos crueles. Al respecto, advierten que esa exclusión que hace la norma no está acorde con el deber de especial protección que tiene el Estado frente a personas en situación de vulnerabilidad manifiesta (demandantes: Ana María Díez de Fex, Mariana Quintero Maya y Daniel Hernández Medina).

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