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Demandan apartes sobre destrucción de elementos de pirotecnia

La Corte Constitucional admitió demanda de inconstitucionalidad en contra del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
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13 de Abril de 2022

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El demandante formuló demanda de inconstitucionalidad en contra del inciso 1º (numeral 1º), el numeral 1º del parágrafo 3º y el parágrafo 4º del artículo 30 de la Ley 1801 del 2016, la cual desarrolló en los siguientes cargos.

 

Desconocimiento del principio de proporcionalidad de cara al derecho a la propiedad privada, el desarrollo de una actividad lícita y la iniciativa privada y, como consecuencia, la vulneración de los artículos 1, 2, 5, 6, 58 y 333 Superiores. También por la vulneración del derecho de igualdad (artículo 13 C. P.), porque el gremio de la pirotecnia no recibe la misma protección que otras actividades económicas que, además, no tienen afectaciones graves a la propiedad privada.

 

Así mismo, una afectación al derecho al trabajo (artículos 25 y 53 C.P.) por cuanto obstaculiza, dificulta e imposibilita una actividad económica lícita de la empresa a la que se le destruyen los bienes y que es fuente de trabajo.

 

 Vulneración del artículo 84 Superior, pues con la destrucción del material las autoridades deben ceñirse a los requisitos para el uso goce y disposición del derecho de dominio y no los que tienen que ver con la fabricación, comercialización o almacenamiento (Demandante: Alejandro Dávila Quintero).

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