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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Acto legislativo de sostenibilidad fiscal publicado en el Diario Oficial es diferente del texto aprobado por el Congreso (5:33 p.m.)

06 de Julio de 2011

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Nota:
74496
El título del Acto Legislativo 03 del 1° de julio del 2011, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal”, publicado en el Diario Oficial 48.117, no corresponde al aprobado por el Congreso, titulado “por el cual se establece el criterio de la sostenibilidad fiscal”. El resto del documento es idéntico. En el Congreso, esta iniciativa superó la primera vuelta con el título que menciona el principio de la sostenibilidad fiscal. Sin embargo, en el séptimo debate, el Senado la modificó y cambió la expresión principio por criterio. A raíz de este y otros cambios, el proyecto debió conciliarse. El informe de conciliación, aprobado en los últimos días del pasado periodo legislativo, indica que se acogió el texto votado por la plenaria del Senado, o sea, el que establece el criterio de la sostenibilidad. Vale la pena recordar que estos informes no se modifican, solo se aprueban o rechazan. En entrevista concedida al periódico Ámbito Jurídico, que se publicará en la edición que circulará a partir del próximo 11 de julio, el ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry, se refirió al tema indicando que “el proyecto original, que presentamos el pasado 20 de julio con el entonces ministro Óscar Iván Zuluaga, señalaba que la sostenibilidad era un derecho. Pero como esto no es comparable con el derecho a la vida o al buen nombre, etc., lo cambiamos a principio. Pero resulta que los principios son casi más fuertes que los derechos. Entonces, lo modificamos a un principio de colaboración armónica entre los poderes públicos. Pero esto era bastante etéreo. Finalmente, acogimos la propuesta de establecer el criterio de la sostenibilidad fiscal”. Una fuente de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República aseguró hoy que el texto del proyecto de acto legislativo remitido por el Congreso para su numeración y promulgación oficial señala “principio” y no “criterio”. La presente información se acompaña de los siguientes documentos: • Texto original del proyecto (P. A. L. 016/10C) • Decreto 086/10 (contiene el texto aprobado en primera vuelta) • Ponencia para último debate del proyecto (P. A. L. 016/10C-019/10S) • Informes de conciliación publicados en las Gacetas 421 y 430 del Congreso • Acto Legislativo 03 del 1° de julio del 2011 publicado en la web de la Presidencia de la República • Diario Oficial 48.117 del 1° de julio del 2011

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