La inexequibilidad de la norma que fue invocada para despedir a un trabajador no invalida el acto de despido (12:08 p.m.)
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26 de Agosto de 2010
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La Corte Suprema de Justicia recordó que en la Sentencia C-918 de 1999 se declaró inexequible el Decreto 1065 de 1999, que establecía el régimen de liquidación de las entidades públicas del orden nacional. Uno de los artículos del decreto consagraba la supresión del cargo como justa causa de despido. La Sala Laboral explicó que aunque, en el caso concreto, esta norma sirvió como soporte legal para la desvinculación de un trabajador de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, el pronunciamiento de inexequibilidad no generaba la invalidez del acto de despido. Ello se debe a la existencia de una declaración de voluntad que extinguió el vínculo jurídico y que era potestativa del empleador. Además, como la causal alegada era la supresión, se hacía física y jurídicamente imposible el reintegro (M.P. Eduardo López Villegas).
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