Establecimiento de requisitos para inscripción, admisión y permanencia en la universidad no equivale a imposición de sanciones (11:25 a.m.)
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21 de Enero de 2010
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La Corte Constitucional recordó las subreglas establecidas en la jurisprudencia constitucional en relación con los conflictos originados entre la autonomía universitaria, el derecho a la educación y el debido proceso, con ocasión de la aplicación de los reglamentos estudiantiles de las instituciones de educación superior. De esta forma, al resolver el caso concreto, manifestó que los requisitos académicos, como la presentación de un examen de acreditación idiomática, no constituyen una restricción o limitación al derecho fundamental a la educación, sino una manifestación de la autonomía universitaria. Por esa razón, los requisitos de grado se pueden exigir en diferentes momentos de la vida académica, siempre que sean conocidos por los estudiantes y sean razonables y proporcionales. Con estos argumentos, el alto tribunal concluyó que el establecimiento de determinados requisitos para la inscripción, admisión y permanencia en la universidad no equivale a la imposición de sanciones (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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