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El pronunciamiento de inexequibilidad sobre la forma de surtir la notificación por correo no se extiende a la presunción establecida en el artículo 567 del Estatuto Aduanero (4:09 p.m.)

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04 de Mayo de 2010

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La sentencia C-096 del 2001, que declaró inexequible la expresión “y se entenderá surtida en la fecha de introducción al correo” contenida en el artículo 566 del Decreto 624 de 1989, no dejó sin efecto la notificación por correo establecida en el artículo 567 del Decreto 2865 de 1999 (Estatuto Aduanero), ni está condicionando su validez y eficacia a la realización de diligencias previas tendientes a notificar personalmente. Así lo reiteró el Consejo de Estado, al explicar que la norma mencionada del Estatuto Aduanero no contiene la misma expresión declarada inexequible, sino que establece la presunción legal de conocimiento del acto al día siguiente de la introducción en el correo (C.P. María Claudia Rojas Lasso).

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