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Corte Constitucional da a conocer fallo que respaldó la exclusión de los delitos de terrorismo y su financiación de subrogados y beneficios (10:17 a.m.)

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05 de Agosto de 2010

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La Corte Constitucional dio a conocer el texto del fallo que declaró exequible el artículo 26 de la Ley 1121 del 2006, en el que se excluyen los delitos de terrorismo y financiación de terrorismo de cualquier beneficio o subrogado penal. La corte recordó su línea jurisprudencial en cuanto a la constitucionalidad de la concesión de beneficios penales y consideró que, en estas materias, el legislador tiene un amplio margen de configuración normativa orientado por el análisis de la gravedad del delito y la naturaleza propia del diseño de las políticas criminales. De igual forma, aclaró que como la Ley 1121 se encamina a prevenir la financiación de actividades terroristas, la disposición acusada no desconoce la unidad de materia, toda vez que pretende disuadir a todos aquellos que deseen perpetrar esos crímenes. Por último, resaltó que esta exclusión de beneficios no vulnera el principio de igualdad (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).

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