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Marihuana medicinal ya cuenta con una ley

06 de Julio de 2016

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El Ejecutivo acaba de sancionar la Ley 1787, que crea un marco regulatorio que permitirá el acceso seguro e informado al uso médico y científico de la planta de cannabis y sus derivados. (Lea: ¿Qué novedades trae la ley que regula la marihuana medicinal?)

 

La norma, que consta de 19 artículos, señala que los ministerios de Justicia, de Salud y de Agricultura, conjuntamente, reglamentarán lo concerniente a la importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso de las semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus derivados para fines médicos y científicos.

 

En ese mismo sentido indica que las personas a las cuales se les otorgue la licencia deberán someterse a seguimiento y control por parte de Minsalud y Minjusticia. Para que se haga efectivo el mencionado seguimiento, el interesado deberá pagar por este servicio.

 

La nueva ley también consagra que el Estado deberá diseñar los mecanismos mediante los cuales se implementarán las iniciativas económicas de producción, transformación y distribución de productos derivados de la planta que desarrollen las comunidades campesinas y los pueblos y comunidades indígenas con fines medicinales y científicos.

 

Por otra parte, dispone que cuando el paciente sea menor de edad, los padres o tutores deberán ser informados sobre los riesgos o beneficios del uso medicinal del cannabis antes de autorizar o negar la utilización de productos terapéuticos con componentes psicoactivos.

 

En cuanto a faltas y sanciones, la potestad sancionatoria queda en manos del Ministerio de Salud y de la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia frente a posibles incumplimientos de los particulares. (Lea: Así se podrá producir marihuana con fines medicinales)

 

Por último, se establece como obligación del Estado la protección y el fortalecimiento de los pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal. (Lea: Minjusticia pide revisar estrategia internacional contra las drogas)

 

Congreso de la República, Ley 1787, Jul. 6/16

 

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